1. OBJETO

COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L con CIF nº B-86561412 y con domicilio a estos efectos en calle Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid (en adelante, “CCEP IBERIA”), realizará una Promoción de apoyo para fomentar el consumo de los productos de The Coca-Cola Company (en adelante, los “Productos”) que comercializa en formato vidrio retornable de 200 ml., 237 ml., 300 ml. y 350 ml., vidrio no retornable de 200 ml., 275 ml. y 330 ml. (sólo en determinadas referencias) y en formato botella de plástico de 500 ml., en los establecimientos del canal Horeca de ámbito local que decidan adherirse a la promoción y que no compren, hasta el momento de adherirse a la promoción, los Productos en cualquiera de los formatos de vidrio retornable, vidrio no retornable y botella de plástico detallados anteriormente, así como en los establecimientos del canal Horeca de ámbito local que decidan adherirse a la promoción y cuyo volumen de compras de los formatos de vidrio a CCEP IBERIA sea inferior a un 40% de su volumen de compras total a CCEP IBERIA.

Es decir, la presente promoción se dirige a nuevos clientes de CCEP IBERIA y a clientes actuales de CCEP IBERIA que compren a CCEP IBERIA menos de un 40% de su volumen de compra total en formato vidrio (en adelante, el “Establecimiento” o los “Establecimientos”).

En cualquier caso, únicamente los primeros 7.000 Establecimientos que soliciten a CCEP IBERIA adherirse a la presente promoción podrán participar en ella. Una vez cubierto este cupo, no se admitirán nuevas inscripciones de Establecimientos en la presente promoción.

Además, para que dichos Establecimientos inscritos puedan seguir participando en la presente promoción y, por tanto, puedan seguir acumulando puntos, el 85% de las compras que realicen a CCEP IBERIA deberán ser en los formatos detallados anteriormente (los Productos). En caso de que en un mes, las compras acumuladas de dicho cliente a CCEP IBERIA sean superiores a un 15% en otros formatos a los detallados en la presente promoción, CCEP IBERIA podrá dar de baja de la promoción a dichos Establecimientos, con las consecuencias que ello implicará y que se detallan a lo largo de las presentes Bases.

2. Fechas

Del 15 de enero de 2020 al 31 de octubre de 2020, ambos incluidos. A efectos de la obtención de puntos, se tendrá en consideración aquellas operaciones registradas desde el mes de alta por el comercial de CCEP IBERIA hasta el 31 de octubre de 2020. El canjeo de puntos podrá realizarse hasta el 1 de diciembre de 2020, según se detalla en las presentes Bases.

3. Ámbito

Nacional y, en concreto, en los establecimientos del canal Horeca de ámbito local que decidan adherirse a la promoción y que comiencen a comprar a CCEP IBERIA los Productos Promocionados, o bien en establecimientos del canal Horeca de ámbito local que aumenten su volumen de compras de Productos Promocionados a CCEP IBERIA, de modo que su volumen de compra en formatos de vidrio a CCEP IBERIA se vuelva superior al 40% de su volumen de compra total a CCEP IBERIA.

4. ENVASES

Todos los envases, a excepción de los envases de Aquabona y Vilas del Turbón, de los productos comercializados por CCEP IBERIA de las referencias dadas de alta en cada región del territorio nacional por CCEP IBERIA en formato vidrio retornable de 200 ml., 237 ml., 300 ml. y 350 ml., vidrio no retornable de 200 ml., 275 ml. y 330 ml. (sólo en determinadas referencias) y en formato botella de plástico de 500 ml., (en adelante, los “Envases”).

5. MARCAS

Todas los productos, a excepción de los envases de Aquabona y Vilas del Turbón, comercializadas por CCEP IBERIA mediante los Envases en el Territorio nacional (Península, Islas Canarias e Islas Baleares), según su referenciación en cada región.

6. PARTICIPACIÓN Y COMUNICACIÓN

Podrán participar todas las personas físicas, mayores de 18 años, residentes en España, titulares de los Establecimientos dentro del ámbito de la promoción que acepten las bases promocionales (en adelante, el “Titular”).

Para participar el titular del Establecimiento deberá comunicárselo a su comercial antes del 30 de Abril de 2020. Si cumple los anteriores puntos procederá a su alta mediante la toma de datos: Código cliente CCEP IBERIA, Nombre establecimiento, NIF, nombre, apellidos y DNI del titular, teléfono móvil y mail.

A partir del siguiente mes de su alta por el comercial de CCEP IBERIA, los Titulares de los Establecimientos recibirán un mail de bienvenida para verificar su dirección de correo electrónico. Además se le indicarán las credenciales para acceder a la web www.creciendojuntos.com y comprobar que el resto de campos aportados al comercial están correctos y poder así completar la dirección de envío de los regalos.

Todos los Establecimientos que participen en la presente promoción tendrán las credenciales siguientes:

  • Usuario: CCEP + número de cliente (deberá introducir todo seguido esas siglas junto con el número de cliente  del establecimiento).
  • Contraseña: En el momento del registro, la página web promocional solicitará al participante la definición de una contraseña. Dicha contraseña será modificable en cualquier momento del programa desde el área de cliente habilitada en www.creciendojuntos.com.

Una vez dado de alta dicho Establecimiento, los puntos obtenidos por dicho Establecimiento serán calculados desde el mes de alta hasta el 31 de Octubre de 2020.

Cada Establecimiento se considerará como un único participante dado de alta en la promoción y sus puntos no podrán ser traspasados a otros clientes de CCEP IBERIA o Establecimientos sin la aprobación expresa y por escrito de CCEP IBERIA aunque, en caso de que un mismo titular tenga varios Establecimientos bajo un mismo NIF, podrá solicitar a CCEP IBERIA la unificación de todos sus puntos bajo un único Establecimiento.

La inscripción en la presente Promoción por el Titular del Establecimiento significa la aceptación íntegra de las presentes bases.

7. OBTENCIÓN DE PUNTOS

El Titular, al realizar compras a través de su Establecimiento de cajas de los productos promocionados (a excepción de Aquabona y Vilas del Turbón) en formato vidrio retornable de 200 ml., 237 ml., 300 ml. y 350 ml., vidrio no retornable de 200 ml., 275 ml. y 330 ml. (sólo en determinadas referencias) y en formato botella de plástico de 500 ml., (en adelante, los “Productos Promocionados”) acumulará puntos para su posterior canje por regalos físicos incluidos en el catálogo online disponible en www.creciendojuntos.com, de acuerdo con lo detallado en las presentes Bases en cuanto a obtención y límite de puntos.

Los puntos que el Establecimiento participante vaya acumulando mediante sus compras se ingresarán en la cuenta de puntos que se haya abierto a favor de dicho Establecimiento en la página web www.creciendojuntos.com, mensualmente.

Obtención de puntos en la presente promoción.

Se obtendrán puntos por cada caja comprada de las siguientes referencias:

Puntos por cada caja comprada

Los sabores y marcas de dichos formatos que darán puntos por compra de cajas a los Establecimientos serán todos los que comercialice CCEP IBERIA en cada momento en cada región del territorio nacional, a excepción de Aquabona y Vilas del Turbón que no participan en la presente promoción.

Los puntos sólo se contabilizarán por cajas entregadas, no devueltas y liquidadas.

Las devoluciones serán consideradas como puntos negativos en el transcurso de la promoción. En caso de algún error, prevalecerán los puntos calculados según las cajas de producto entregadas al Establecimiento, liquidadas y no devueltas.

Independientemente de la tabla de obtención de puntos detallada anteriormente, durante la duración de esta promoción, podrá suceder que los puntos que se obtengan por la compra de un determinado formato o producto comercializado por CCEP IBERIA, cambien. En caso de que así se defina por CCEP IBERIA, esto se realizará durante un periodo de tiempo concreto dentro del periodo promocional y, así se comunicará en los banners de la web www.creciendojuntos.com, actualizándose la tabla de puntos detallada anteriormente durante dicho periodo.

Los puntos se acumularán por Establecimiento, aunque, en caso de que un mismo titular tenga varios Establecimientos bajo un mismo NIF, podrá solicitar a CCEP IBERIA la unificación de todos sus puntos bajo un único Establecimiento.

Por último, durante la duración del Periodo promocional, CCEP IBERIA, a su sola discreción, podrá proponer retos mediante los que los Establecimientos podrán obtener puntos. Las condiciones de participación y de obtención de puntos en los retos será debidamente comunicadas por CCEP IBERIA a los participantes en el momento de lanzamiento o comunicación de cada uno de los retos.

Límite de puntos en la presente promoción.

Se establece un límite de 33.333 puntos a obtener por cada Establecimiento en la presente promoción.

En caso de que una vez alcanzado dicho límite de 33.333 puntos, el Establecimiento continue comprando a CCEP IBERIA Productos Promocionados en la presente promoción, la compra de dichos Productos Promocionados no generará nuevos puntos en la presente promoción.

8. CONSULTA DE PUNTOS y CANJEO

Los Titulares de los Establecimientos pueden conocer el estado de sus puntos a través de varias vías de información:

  • 1. Mensualmente, a través del envío de un e-mail por la organización con los puntos acumulados.
  • 2. Accediendo a la sección "Puntos" en www.creciendojuntos.com, donde tendrá toda la información de sus puntos disponibles, así como del histórico de obtención y canje. Desde esta sección podrá ver el detalle de todos sus puntos obtenidos y los canjes de premios realizados.
  • 3. A través del teléfono gratuito 919 100 360 (de lunes a viernes, desde las 09.00 hasta las 18.00 horas, hora peninsular, durante el mes de agosto de 09.00 a 15.00 horas).
  • 4. Preguntándole a su comercial.

El canje de puntos por regalos únicamente podrá realizarse entre el 1 de febrero de 2020 y el 1 de diciembre de 2020. Pasado el 1 de diciembre de 2020, los puntos acumulados caducarán y perderán su validez, no pudiendo canjearse posteriormente.

Independientemente de lo anterior, el canje de puntos por regalos se podrá realizar a través de:

  • La página web www.creciendojuntos.com, desde el 1 de febrero de 2020 y hasta el 1 de diciembre de 2020.
  • Llamada telefónica al 919 100 360 (de lunes a viernes, desde las 09.00 hasta las 18.00 horas, hora peninsular, durante el mes de agosto de 09.00 a 15.00 horas), desde el 1 de febrero de 2020 y hasta el 1 de diciembre de 2020. En caso de solicitar el canje de regalos a través de llamada telefónica, el usuario deberá proporcionar los datos de identificación requeridos por la operadora (se entienden datos de identificación aquellos que se proporcionaron en el momento de registro en la promoción) antes de proceder a la solicitud de canje. Para determinados pedidos, como por ejemplo Experiencias o Viajes, se le solicitará al participante más información acerca de sus necesidades de viaje con el objetivo de presupuestar el valor en puntos de su solicitud.

No obstante en el caso de causar baja por cierre dispondrá de 2 meses para canjear sus puntos desde el mes en que se haga efectivo este estado de baja en CCEP IBERIA. Dicho canje deberá realizarse mediante llamada telefónica. De igual forma los clientes que incumplan con las bases del programa dispondrán de 2 meses desde el mes de incumplimiento para canjear sus puntos y sólo podrán canjear los puntos acumulados durante los meses que si cumplió con las presentes Bases. Dicho canje también deberá realizarse únicamente mediante llamada telefónica.

Los puntos que se canjeen contra los regalos solicitados restarán de los puntos acumulados cumpliendo las bases el programa. Los movimientos de saldo de puntos, por el canje de regalos podrán consultarse en la misma página web www.creciendojuntos.com.

El titular del Establecimiento a la hora de canjear un regalo, tendrá la posbilidad de pagar hasta el 25% del valor de los puntos del regalo en Euros a través de tarjeta de crédito o débito. En el propio regalo aparecerá un conversor que le dirá los euros necesarios para el canje al desplazar la barra de puntos. La conversión Euro – punto será la misma para todos los participantes en el programa.

9. CADUCIDAD DE LOS PUNTOS

Sólo podrán acumularse puntos hasta el 31 de octubre de 2020. Los puntos caducarán el 1 de diciembre de 2020, fecha límite para canjear regalos.

No obstante en el caso de causar baja por cierre dispondrá de 2 meses para canjear sus puntos desde el mes en que se haga efectivo este estado de baja en CCEP IBERIA. Dicho canje deberá realizarse mediante llamada telefónica. De igual forma los clientes que incumplan con las bases del programa dispondrán de 2 meses desde el mes de incumplimiento para canjear sus puntos y sólo podrán canjear los puntos acumulados durante los meses que si cumplió con las presentes Bases. Dicho canje también deberá realizarse únicamente mediante llamada telefónica.

10. EXISTENCIAS REGALOS

En el catálogo online (www.creciendojuntos.com) se incluye información detallada de los regalos disponibles y los puntos necesarios para su obtención. Este catálogo podrá variar a lo largo de la promoción en función de la rotura de stock o de la descatalogación que hagan los proveedores de CCEP IBERIA de sus productos.

1.- Catálogo de Productos

Dentro del Catálogo de Productos habrá múltiples premios organizados entre las más diversas secciones: Electrónica, Deportes, Profesional, Gourmet, etc. Todos ellos se mantendrán actualizados a lo largo del año, renovándose por modelos de calidad y valor igual o superior en caso de agotarse las existencias o la descatalogación de los mismos.

En este Catálogo habrá Novedades cada poco tiempo, siguiendo las tendencias del mercado y de los participantes, publicándose en ocasiones en la web www.creciendojuntos.com ofertas, con las que los participantes podrán obtener premios rebajados durante un periodo de tiempo determinado o durante una serie de unidades limitadas.

2. Catálogo de Experiencias

En el Catálogo de Experiencias se podrán encontrar actividades, entradas a espectáculos, servicios, viajes, etc.

11. ENTREGA REGALOS

Los regalos serán entregados al Participante en un plazo aproximado de 21 días de promedio, desde la realización del pedido. En cualquier caso, este plazo de entrega es estimativo por lo que el participante no podrá reclamar compensación alguna a COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L por cualquier retraso en la entrega del regalo en el citado plazo.

Normativa específica para el canjeo de productos.

Antes de realizar un pedido el Participante deberá asegurarse de las características del producto solicitado ya que una vez cursado el pedido no se permitirá su anulación.

Al solicitar el premio, el Participante deberá tener en cuenta las siguientes CONSIDERACIONES:

  • 1. El producto seleccionado será entregado en la DIRECCIÓN aportada en el formulario de canje que se habilitará a tal efecto dentro de la plataforma o bien, en caso de que el participante haya solicitado el canjeo de puntos por teléfono, a la dirección que hubiera indicado en el momento de resgistro en la plataforma. En caso de que el participante desee la entrega en otra dirección, el participante deberá cursar una solicitud en el teléfono 919 100 360, reservándose CCEP IBERIA el derecho a aceptar dicho cambio de dirección de entrega o no.
  • 2. El producto se entregará en primera instancia a la persona que figure como inscrita en la promoción, de acuerdo con la ficha de inscripción, solicitando la firma de éste en el albarán de entrega así como la exhibición de su DNI para la entrega de cualquier premio. En caso de que no se localice en el momento de la entrega a la persona inscrita en la promoción, CCEP IBERIA podrá entregar el premio a la persona responsable que en ese momento se encuentre en la dirección de entrega indicada. No se admitirán reclamaciones siempre que el albarán de entrega esté debidamente firmado según lo expuesto anteriormente.
  • 3. Es responsabilidad del participante la comprobación de que el premio no haya sufrido un golpe visible en el transporte. El plazo para cursar una reclamación por rotura es de 24 horas desde la fecha de entrega. Para ello deberá llamar al 919 100 360 o enviar un mail a hola@creciendojuntos.com y devolver el premio tal cual se le hizo entrega y en sus embalajes originales.
  • 4. Por otro lado, el participante dispondrá de un plazo de 14 días naturales desde la fecha de entrega para comprobar su funcionamiento y para cursar la devolución del mismo ante CCEP IBERIA. En caso de disfunción el participante deberá dar parte de ello llamando al 919 100 360 o enviando un mail a hola@creciendojuntos.com y devolver el premio en sus embalajes originales.
  • 5. Una vez pasado el plazo de 14 días naturales detallado en el apartado anterior, cualquier reclamación deberá tramitarse con el fabricante, representante, servicio técnico o concesionario oficial, quedando CCEP IBERIA exenta de toda responsabilidad o intervención por tales incidencias. Para hacer uso de ella el participante deberá adjuntar el albarán de entrega y el documento de garantía del fabricante adjuntos al regalo. En caso de no encontrarlo puede reclamarlo en el 919 100 360 durante el mes siguiente a la recepción. Los artículos tendrán la garantía habitual del fabricante.
  • 6. No será aceptado el intercambio de puntos por artículos no contenidos en el catálogo ni por dinero. Las sugerencias remitidas por los participantes serán atendidas, según el volumen de solicitudes, por los responsables del programa. El envío de una sugerencia no implica que ésta sea aceptada y que los productos se puedan ofertar en el catálogo del programa.
  • 7. CCEP IBERIA no se hace responsable de las DESCATALOGACIONES o CESE DE PRODUCCIÓN de determinados artículos de los proveedores. Cuando un producto sufre una de estas incidencias, CCEP IBERIA se lo comunicará todos los participantes que hayan realizado ese pedido para ofrecer una alternativa o la devolución de los puntos canjeados, en el plazo de 3 días laborables desde la fecha de notificación por parte del fabricante o distribuidor. El plazo de entrega, en estos casos, se verá ampliado de nuevo desde la elección de alternativa por el participante.

Normativa específica para el canjeo de experiencias.

Todas las experiencias están sujetas a especificaciones concretas de temporada y normas de funcionamiento. Para solicitar un presupuesto es imprescindible rellenar todos los datos solicitados a través de la web o responder a la solicitud de información a través del 919 100 360. La petición de experiencias o sesiones de spa se deberán realizar como mínimo 15 días laborables antes de la fecha de salida deseada. Cualquier variación en el destino, fechas u otro detalle se considerará una nueva petición.

Para realizar la reserva es importante tener en cuenta que:

  • 1. Las reservas no se tramitarán hasta no tener la conformidad por escrito del Titular.
  • 2. Toda reserva queda bajo disponibilidad, hasta el momento de confirmación de la reserva en firme.
  • 3. Gastos de cancelación: en toda reserva confirmada por el cliente y en su caso por la agencia de viajes que fuese cancelada y en este proceso se generasen gastos de anulación por cualquier causa, el Participante deberá abonar los puntos o euros necesarios hasta cubrir dichos gastos de cancelación.
  • 4. Para el trámite de todas las solicitudes de experiencias antes de la caducidad de puntos, las solicitudes deberán ser realizadas 15 días laborables antes de la caducidad de los puntos. Las solicitudes enviadas con posterioridad no se tramitarán y los puntos reservados por el participante deberán canjearse en el Catálogo de Productos o pasarán a la caducidad.
  • 5. Sólo se permite el canje de experiencias con los puntos de la presente promoción.

Normativa específica para el canjeo de regalos consistentes en bonos regalo.

Todos los incentivos consistentes en Bonos Regalo válidos como medio de pago en terceras empresas están sujetos a especificaciones concretas accesibles a través de www.creciendojuntos.com de forma previa a su canje. Para solicitar estos regalos es imprescindible rellenar todos los datos solicitados a través de la web.

Para realizar el pago mediante un Bono regalo es importante tener en cuenta que:

  • 1. Las condiciones de uso son las propias de terceras empresas en las que el Bono Regalo será medio de pago de productos o servicios en aquellas empresas en las que resulte válido su uso.
  • 2.  El Bono Regalo se entregará en formato digital (bono virtual), enviándose mediante correo electrónico, a la dirección de correo electronico facilitada por el participante durante el registro en la web promocional. En dicho correo electrónico, se enviará al participante el bono virtual y se le solicitará la aceptación de dicho bono. En caso de pérdida o deterioro del mencionado Bono regalo puede reclamarlo en el 919 100 360 durante el mes siguiente a la recepción. No se admitirán reclamaciones siempre que el Bono regalo esté consumido, fuera de plazo de validez.
  • 3. Sólo se permite el canje de Bonos Regalo válidos como medio de pago en terceras empresas con los puntos de la presente promoción.
  • 4. Los Bonos regalo no serán sustituibles por su valor económico.

12. BAJA DE PARTICIPANTES EN LA PROMOCIÓN

CCEP IBERIA estará legitimada para dar de baja en la presente promoción a determinados participantes y, por tanto, éstos no podrán seguir acumulando puntos, cuando el 85% de las compras que realicen a CCEP IBERIA no se produzcan en los Envases promocionados.

En caso de que en un mes, las compras acumuladas de dicho cliente a CCEP IBERIA sean superiores a un 15% en otros Envases a los detallados en la presente promoción, CCEP IBERIA podrá dar de baja de la promoción a dichos Establecimientos, no pudiendo seguir acumulando ese participante más puntos desde ese momento. Para canjear sus puntos acumulados durante los meses en que cumplió con las presentes Bases, los participantes dados de baja dispondrán de 2 meses desde el mes de incumplimiento para canjear sus puntos y sólo podrán hacerlo mediante llamada telefónica al 919 100 360.

En el caso de causar baja por cierre o cese de contrato con CCEP IBERIA dispondrá de 2 meses desde el mes en que se haga efectivo este estado de baja en CCEP IBERIA para canjear los puntos acumulados hasta el momento mediante llamada telefónica.

13. MODALIDAD PROMOCIONAL PROMOCIÓN TABLET GALAXY SM-T530

Podrán participar en la presente modalidad promocional los clientes mayores de 18 años que estén dados de alta correctamente en la promoción Creciendo Juntos 2020 y que entre el 1 de Marzo de 2020 y el 30 de Abril de 2020 (periodo de vigencia de la modalidad promocional Promoción Tablet Galaxy), adquieran a CCEP IBERIA las cajas de Productos Promocionados en la modalidad promocional “Promoción Tablet Galaxy”, según se detalla a continuación, necesarias para participar en la modalidad promocional “Promoción Tablet Galaxy”.

Productos promocionados en la modalidad promocional “Promoción Tablet Galaxy”.

Serán productos promocionados en la modalidad promocional “Promoción Tablet Galaxy” los productos indicados a continuación:

  • Nordic Mist: VNR 200ml.
  • Coca-Cola Light: VR 237ml, VR 350ml y PET 500.

Compra mínima de productos promocionados y mecánica de participación en la modalidad promocional “Promoción Tablet Galaxy”.

Para participar en la modalidad promocional “Promoción Tablet Galaxy” el participante deberá adquirir a CCEP IBERIA al menos 5 cajas de Productos Promocionados, debiendo ser esas cinco cajas de la misma marca de Productos Promocionados en la presente modalidad promocional; esto es, para participar en la presente modalidad promocional el participante deberá adquirir a CCEP IEBRIA 5 cajas de Productos Promocionados de la marca Nordic Mist o 5 cajas de Productos Promocionados de la marca Coca-Cola Light.

La compra mínima deberá ser realizada durante el periodo de vigencia de la modalidad promocional “Promoción Tablet Galaxy” (entre el 1 de Marzo de 2020 y el 30 de Abril de 2020).

Una vez adquiridas al menos 5 cajas de los productos promocionados en la presente modalidad promocional de acuerdo con lo detallado anteriormente, el participante participará en el Sorteo que se realizará en la presente modalidad promocional, pudiendo obtener alguno de los regalos que se ponen en juego mediante dicho Sorteo y que se detallan más adelante.

El periodo promocional de la Promoción Tablet Galaxy abarca desde el día 1 de Marzo de 2020 al día 30 de Abril de 2020. CCEP IBERIA procederá al recuento de las cajas a partir del día 18 de Mayo de 2020.

13.a.- Sorteo.

Los ganadores de la presente modalidad promocional (Promoción Tablet Galaxy), se determinarán mediante un Sorteo ante Notario, que será realizado al finalizar la modalidad promocional y que tendrá lugar el día 21 de Mayo de 2020.

En el Sorteo, el Notario elegirá al azar cinco (5) participaciones ganadoras y diez (10) participaciones reservas, a razón de una (1) participación ganadora por cada uno de los premios que se ponen en juego en la presente promoción y dos (2) participaciones reservas por cada participación ganadora, de entre todas las participaciones existentes.

En el supuesto de que el Establecimiento elegido por el Notario como ganador no aceptara el premio por cualquier motivo o no contestara al e-mail enviado en el plazo de 72 horas laborales días desde que se le comunicó el premio, se considerará la participación como incompleta y, por tanto, se descartará y se elegirá la participación elegida por el Notario como Primera Reserva en relación con tal participación ganadora. Al igual que en el caso anterior, en caso de que el Establecimiento elegido como Primer Reserva no aceptara el premio por cualquier motivo o no contestara al e-mail enviado en el plazo de 72 horas laborables desde que se le comunicó el premio, se considerará la participación como incompleta y, por tanto, se descartará y se elegirá la participación elegida por el Notario como Segunda Reserva.

En caso de que se haya descartado la participación ganadora así como todas las reservas, por no ser válidas conforme a los criterios apuntados anteriormente, se declarará el premio como desierto y pasará a disposición de la organización.

13.b.- Premios en la modalidad promocional “Promoción Tablet Galaxy”.

Una tableta (tablet) marca Galaxy SM-T530 (5 unidades disponibles).

Tablet marca Galaxy de treita y dos gigas de memoria - 32 GB. Pantalla 10.1* (1.920 X 1.200 pixels). Sistema operativo Android 6.0.

Un mismo ganador no podrá resultar ganador de dos o más premios, es decir, la presente promoción queda limitada a la obtención de un premio por persona.

El premio es personal e intransferible por lo que no podrá cederse a otra persona distinta del ganador, así como tampoco canjearse por ningún otro elemento, ni en efectivo ni en especie.

13.c.- Comunicación y Entrega de Premios

Cuando se determinen los ganadores mediante el Sorteo ante Notario, se les le enviará un correo electrónico a la dirección de e-mail que hayan proporcionado en el registro de su participación como participante en la promoción de Creciendo Juntos 2020 en la web www.creciendojuntos.com . Tras esto, CCEP IBERIA se pondrá en contacto telefónico con cada uno de los ganadores, en el plazo de 48 horas laborables desde la celebración del Sorteo.

Si en las 72 horas laborables siguientes al envío del correo electrónico no se hubiera podido contactar con alguno de los ganadores (porque éstos no hubieran contestado al e-mail o no hubieran respondido al teléfono tras un total de tres (3) intentos de llamadas por parte de la Organización) o el ganador rechazara el premio, el ganador de que se trate recibirá una comunicación en la que se le indicará que no ha sido posible contactar con él tras varios intentos (o bien que ha rechazado el premio) y perderá su derecho al premio.

En este caso se pasará a contactar con el primer reserva de los dos (2) resultantes en el Sorteo ante Notario en relación con cada participación ganadora, para ofrecerle el premio.

El Reserva Ganador recibirá un correo electrónico a la dirección mail que haya proporcionado en el registro de su participación como participante en la promoción Creciendo Juntos 2020 en la web www.creciendojuntos.com , indicándole esta circunstancia.

Posteriormente, CCEP IBERIA se pondrá en contacto telefónico con el Reserva Ganador, en el plazo de 48 horas laborables desde la la comunicación por e-mail.

Al igual que en el caso anterior, si en las 72 horas laborables siguientes al envío del correo electrónico, no se hubiera podido contactar con el Reserva Ganador (porque éste no hubiera contestado al e-mail o no hubiera respondido al teléfono tras tres (3) intentos de llamadas por parte de la organización) o el ganador rechazara el premio, éste perderá su derecho al premio y se pasaría a contactar con el siguiente reserva.

En caso de que se haya descartado la participación ganadora así como todas las reservas, por no ser válidas conforme a los criterios apuntados anteriormente, se declarará el premio como desierto y pasará a disposición de la organización.

Una vez localizado al Ganador, en esa conversación y en el correo electrónico que paralelamente se le envíe, se informará al Ganador de la documentación que deberá preparar y entregar a CCEP IBERIA antes de la entrega del Premio.

En dicha conversación, se le informará de los detalles del premio e, igualmente, CCEP IBERIA informará al ganador de la información y documentación que deberá cumplimentar y entregar a CCEP IBERIA para poder recibir el premio.

Una vez confirmada la aceptación del Premio y remitida por el ganador la documentación que le hubiera sido solicitada, CCEP IBERIA realizará la entrega del regalo al ganador en un plazo aproximado treinta (30) días. En todo caso, el plazo de 30 días es aproximado, por lo que el ganador no podrá reclamar compensación alguna a CCEP IBERIA por cualquier retraso en la entrega en el citado plazo.

Se habilita el siguiente teléfono de contacto en la promoción: 919 100 360 (de lunes a viernes, desde las 09.00 hasta las 18.00 horas, hora peninsular, excepto festivos en Cataluña).

14. MODALIDAD PROMOCIONAL MULTIPLICACIÓN DE PUNTOS

El Titular, al realizar compras a través de su Establecimiento de los productos y en las fechas que se indican a continuación, acumulará cinco (5) veces la cantidad de puntos que corresponda de conformidad con lo señalado en el apartado 7 de las presentes bases por cada caja comprada de las siguientes referencias:

  • Desde el 10 hasta el 30 de septiembre de 2020, ambos incluidos:
    • VR 237: Coca-Cola Zero Zero y Coca-Cola Light.
    • VR 350: Coca-Cola Zero Zero y Coca-Cola Light.
  • Desde el 1 hasta el 31 de octubre de 2020, ambos incluidos:
    • VR 237: Fanta Naranja, Fanta Limón, Fanta Zero Naranja, Fanta Zero Limón.
    • VR 350: Fanta Naranja, Fanta Limón y Sprite.

Los puntos se incuirán en la cuenta del titular para su canje por los premios del Catálago de Productos hasta la fecha límite para canjear regalos de conformidad con lo señalado en el apartado 9 de las presentes Bases.

15. OTRAS NORMAS APLICABLES A LAS PROMOCIONES DE COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L

1. LEGISLACIÓN APLICABLE:

Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y por las presentes Bases que han sido depositadas ante el Notario de Madrid, D. Ignacio Paz-Ares Rodríguez.

2. INFORMACIÓN DETALLADA SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

La participación la presente promoción es voluntaria y en caso de participación, se advierte de que el tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores de la presente Promoción es obligatorio en los términos expuestos en las presentes Bases.

De acuerdo con lo anterior, la mera participación en esta Promoción implica necesariamente la aceptación expresa por el interesado del tratamiento de sus datos personales de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases.

Veracidad y exactitud de la información: Los participantes están obligados a proporcionar datos exactos y actualizados y correspondientes a su propia identidad, entendiéndose en consecuencia, que son exactos y actuales los datos proporcionados por los participantes y en su caso, por los ganadores en cualquier fase de la Promoción, siendo su responsabilidad comunicar cualquier actualización y/o rectificación de los mismos la entidad responsable y organizadora de la promoción.

El tratamiento de los datos de los participantes y ganadores de la presente promoción (en adelante también denominados, interesados) se llevará a cabo en las condiciones establecidas a continuación en la presente cláusula.

Responsable del tratamiento: De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (en adelante RGPD), informamos a los participantes y ganadores que los datos personales que se faciliten para participar en la presente Promoción serán tratados por la siguiente entidad, como responsable del tratamiento: COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.U. (CCEP IBERIA; Calle Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid).

Delegado de protección de datos: La dirección electrónica de contacto del delegado de protección de datos es privacy@ccep.com

Finalidades para las que CCEP IBERIA trata sus datos:

  • Con carácter general los datos serán tratados para llevar a cabo todas las actividades necesarias para gestionar la participación de los interesados en la presente promoción lo que incluye cuando fuera necesario, el envío de comunicaciones vinculadas a esta promoción a través de los datos de contacto facilitados por los interesados (correo electrónico, sms, carta o llamada telefónica, entendiéndose por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción).
  • Gestionar su registro en la presente Promoción si ésta se desarrolla por web, para lo cual el interesado deberá acceder y aceptar la política de privacidad y demás textos publicados en el sitio web de CCEP IBERIA en caso de que ésta sea la vía a través de la cual se realiza el registro.
  • Proporcionar a los interesados la información necesaria para que su participación se ajuste a las presentes bases.
  • Recoger las pruebas de compra y verificar que no son falsas, ilegibles, ni están manipuladas, fotocopiadas, ni de ninguna otra forma resultan anulables.
  • Atender solicitudes de información, consultas y dudas de los interesados.
  • Verificar la inexistencia de actuaciones fraudulentas o contrarias a las presentes bases.
  • Eliminar justificadamente a cualquier interesado que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
  • Identificar al interesado ganador.
  • Verificar que el interesado ganador cumple con los requisitos necesarios para poder participar en la promoción y que ha obtenido el premio de forma lícita.
  • Comunicar al interesado ganador el premio obtenido mediante el envío de un correo electrónico, carta o llamada telefónica. Se entenderán por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción.
  • Remitir al interesado ganador la Carta de Aceptación, la cual deberá ser cumplimentada por el interesado y remitida a la dirección indicada en las presentes Bases, bajo el apartado “Carta de aceptación de premios” junto con la fotocopia de su DNI y el de su/s acompañante/s en su caso.
  • Llevar a cabo y liquidar las retenciones fiscales de los premios cuando corresponda.
  • Entregar el premio al interesado ganador.
  • Cuando el premio consista en un viaje o actividad, gestionar su organización y las restantes actividades según el premio que se otorgue al interesado.

Cuál es la legitimación de CCEP IBERIA para el tratamiento de sus datos: La base legal del tratamiento de sus datos personales se encuentra en el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de su participación en la presente promoción, la cual se detalla en el presente documento, así como en el cumplimiento de obligaciones legales que le son de aplicación a CCEP IBERIA.

Comunicación de datos a terceros por CCEP IBERIA: Los datos personales tratados por CCEP IBERIA para alcanzar las finalidades detalladas anteriormente podrán ser comunicados a los siguientes destinatarios en función de la base legitimadora de la comunicación:

  • Al Notario depositario de las bases a fin de controlar la legalidad de la promoción y su desarrollo.
  • A Hacienda a fin de practicar la retención fiscal que corresponda.
  • A Jueces, Tribunales, asociaciones de consumo o cualesquiera otros terceros a quienes CCEP IBERIA se viera obligada a comunicar la información en caso de impugnación por parte del interesado o reclamación de cualquier índole interpuesta por CCEP IBERIA o por el propio interesado.
  • En aquellos casos en que el premio o actividad consista en un viaje, con la finalidad de poder asignar correctamente el premio obtenido por el interesado, CCEP IBERIA cederá sus datos –con carácter enunciativo pero no limitativo- a aquellas entidades que sean contratadas para la organización del viaje o actividad y las estancias objeto del premio, tales como agencias de viaje, hoteles, compañías aéreas o de transporte en general, mensajería, compañías aseguradoras así como otras terceras entidades implicadas en la gestión del premio obtenido por el interesado, con la finalidad de llevar a cabo las gestiones oportunas para el disfrute del premio, siendo la base legitimadora de tal comunicación de datos el desarrollo y ejecución de la relación promocional.

Transferencias internacionales: Con base jurídica en la ejecución de las condiciones establecidas en las presentes bases para la correcta ejecución de la promoción y el disfrute del premio en su caso, el interesado queda informado de que cuando los destinatarios de los datos indicados en los apartados anteriores se encuentren fuera del territorio del Espacio Económico Europeo, la comunicación de los referidos datos llevada a cabo por CCEP IBERIA implicará la transferencia internacional de datos a fin de ejecutar las condiciones establecidas en las presentes bases, si bien, dicha transferencia se realizará de acuerdo con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.

Plazo de conservación de datos por CCEP IBERIA: CCEP IBERIA conservará los datos de los interesados mientras esté en vigor la presente promoción en tanto los interesados no soliciten la supresión de los mismos y, finalizado el tratamiento, durante los plazos de conservación establecidos en las normas aplicables para el cumplimiento de las obligaciones legales de CCEP IBERIA.

Derechos: Los interesados (participantes y ganadores) en cualquier momento pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad y revocación del consentimiento (sin efectos retroactivos) mediante comunicación escrita a la entidad responsable del tratamiento, acompañando una fotocopia del documento nacional de identidad, a cualquiera de las siguientes direcciones:

Asimismo, los interesados pueden presentar una reclamación ante una Autoridad de Control, en España la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, 901 100 099 - 912 663 517 (www.agpd.es) en particular, en relación con el ejercicio de sus derechos. Con carácter previo a interponer la reclamación y de forma voluntaria, los interesados pueden contactar con el delegado de protección de datos de CCEP IBERIA en la siguiente dirección privacy@ccep.com

Comunicación de datos personales de terceros: En el caso de que tanto los participantes como los ganadores deban facilitar datos de carácter personal referentes a terceras personas como acompañantes en su disfrute del premio- incluyendo el dato de la imagen- aquellos deberán, con carácter previo a la comunicación de datos a las entidades responsables, informar a dichos terceros interesados de los extremos contenidos en las presentes bases respecto del tratamiento bajo responsabilidad de CCEP IBERIA según lo descrito en los apartados anteriores y en todo caso, de la finalidad de la comunicación de sus datos a cada uno de estos responsables.

A tales efectos, la comunicación de datos personales de terceros por los participantes y ganadores queda condicionada al principio de necesidad y proporcionalidad y a la comunicación de datos actuales y veraces, requiriendo siempre y en todo caso que, con carácter previo a la comunicación de los datos a CCEP IBERIA se informe y se solicite el consentimiento a dichos terceros para el tratamiento de sus datos salvo que exista una habilitación legal al efecto.

En el caso de que los participantes utilicen datos personales de terceras personas ajenas a ellos mismos con cualquier otra finalidad (por ejemplo, mediante la mecánica de obtención de puntos que supone la carga de fotografías en redes sociales), el participante declara y garantiza haber informado a las terceras personas cuyos datos sean tratados del contenido de la presente cláusula de protección de datos así como, cuando proceda, haber obtenido el consentimiento de las terceras personas de que se trate en lo relativo al tratamiento de sus datos personales, manteniendo indemne a CCEP IBERIA en ese sentido.

Del mismo modo, el participante declara y garantiza realizar un uso de la imagen de terceras personas, en su caso, acorde a la normativa civil reguladora del derecho a la intimidad y a la propia imagen.

Carácter complementario de lo establecido en las presentes bases respecto del tratamiento de datos de participantes y ganadores: Lo establecido en las presentes bases en relación con el contenido del tratamiento de datos personales de los interesados (participantes y ganadores), es complementario y no excluyente de cualesquiera otros textos legales informativos comunicados a los citados interesados a través de cupones, formularios de registro, políticas de privacidad y otros documentos en cualquier fase de su participación en la presente Promoción.

DERECHOS DE IMAGEN

Respecto a los derechos de imagen de los participantes y a la posible realización por los participantes de alguna creación susceptible de generar derechos de propiedad intelectual, los participantes en la Promoción, al participar, automáticamente ceden los derechos de propiedad intelectual así como los derechos de imagen que se deriven a CCEP IBERIA en los términos que a continuación se indican.

De conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil, derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los participantes y los ganadores ceden a CCEP IBERIA los derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en la Promoción a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico (Internet, cd y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva en cualquier forma; la explotación mediante telefonía móvil;  proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA), por el máximo de tiempo legalmente permitido y para todos los territorios del mundo para que sea utilizada con fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga vinculados legítimamente a la proyección pública de CCEP IBERIA así como la exposición de la misma en actos públicos o en lugares abiertos al público. A la vista de lo anterior, la participación en la Promoción y en su caso la aceptación del premio por los ganadores, supone la autorización expresa por parte de los participantes de la cesión de derechos expuesta.

Sin perjuicio de lo anterior, a título de ejemplo y sin carácter limitativo a continuación se relacionan algunas actuaciones que serán llevadas a cabo por CCEP IBERIA:

  • Los participantes, consienten automáticamente al participar en la presente Promoción en la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de CCEP IBERIA, de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, Promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos de CCEP IBERIA. Entre dichos usos podrá, con finalidades publicitarias o promocionales, utilizar y retransmitir las imágenes y nombre de los participantes a través de Internet, televisión o cualquier otro medio que CCEP IBERIA considere.
  • CCEP IBERIA podrá publicar la imagen y el nombre de las personas que hayan resultado ganadoras de la Promoción a través del medio de comunicación que CCEP IBERIA –sin carácter limitativo- considere. A tales efectos, los ganadores al aceptar el premio autorizan automáticamente a CCEP IBERIA para publicar sus datos personales incluida la imagen con la finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quiénes han sido las personas ganadoras.
  • Asimismo, cuando el premio consista en un viaje o actividad, los ganadores, en el momento de su aceptación, cederán a CCEP IBERIA los derechos que pudiesen corresponderles sobre las imágenes que pudieran ser captadas durante el viaje por parte CCEP IBERIA, y autorizan a esta entidad a reproducir, comunicar públicamente y utilizar su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publi-promocional (principalmente a través de sus sitios web y páginas oficiales en redes sociales) a los únicos efectos de la publicidad que pudiera darse a la realización del citado viaje y disfrute del premio o de las nuevas ediciones de esta Promoción que con este nombre u otro similar pudiesen realizarse hasta dos años después de su realización, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganador.

DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

En el supuesto de que para la participación en la presente Promoción el usuario tuviera que presentar creaciones propias (ya sean fotografías, vídeos, músicas, textos literarios, etc.), la participación en la Promoción supone la cesión con carácter exclusivo y transferible, para un ámbito territorial mundial, durante todo el periodo de vigencia de los derechos de propiedad intelectual y con carácter gratuito por el participante a CCEP IBERIA de todos los derechos de explotación que se deriven de las creaciones con las que en su caso participe en la Promoción. Dicha cesión atribuye a CCEP IBERIA la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de las creaciones con exclusión de cualesquiera personas físicas y/o jurídicas, incluido el propio participante, e incluirá la facultad de otorgar licencias a terceros y de transmitir a otro su derecho. Con carácter delimitativo pero no limitativo, la cesión abarcará como derechos y modalidades de explotación los siguientes:

  • El derecho de reproducción de las creaciones o su fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma que permita su comunicación o la obtención de copias de todo o parte de ellas, incluyendo cualquier sistema gráfico, mecánico, electrónico, reprográfico, digital, o de cualquier otra índole.
  • El derecho de distribución de las creaciones o su puesta a disposición del público del original o de sus copias, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma, incluyendo expresamente y sin carácter limitativo la puesta a disposición del público de copias impresas o digitales; su utilización para la creación, realización, producción y distribución en cualquier forma de materiales promocionales o de marketing y de cualesquiera otros productos o servicios que sean de interés de CCEP IBERIA; y la explotación videográfica y discográfica de las creaciones en cualquier soporte, tanto para uso privado como público.
  • El derecho a comunicar públicamente las creaciones, con fines publicitarios o promocionales, para usos comerciales y no comerciales, en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva (v.gr., televisión gratuita, de pago, por cable, pago por visión, por satélite, fibra óptica, ondas herzianas, hilo, microondas, televisión digital terrestre, etc.); la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA.
  • El derecho a transformar las creaciones o su traducción, adaptación, ajuste, cambio, arreglo y/o y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente, que podrá ser explotada en cualquier forma y en especial mediante su reproducción, distribución, comunicación pública y nueva transformación por CCEP IBERIA o por terceros autorizados por ésta en cuanto titular en exclusiva de los derechos de propiedad intelectual de las obras resultado de la transformación.
  • El derecho a doblar y subtitular las creaciones en cualquier lengua.

El participante garantiza que las creaciones son originales y no vulneran los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero o cualesquiera otros derechos de cualquier naturaleza y que se encuentra plenamente facultado y capacitado para ceder la totalidad de los derechos señalados, debiendo mantener indemne a CCEP IBERIA por cualesquiera reclamaciones planteadas por terceros como consecuencia de la explotación de las creaciones.

La cesión de derechos de propiedad intelectual según lo expuesto en las presentes bases, no genera ni otorga reembolso, pago de tarifa o canon ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador.

DERECHO A REPORTAR ABUSOS

Los participantes quedan informados de que en el caso de que su participación infrinja cualquiera de las normas establecidas en las presentes bases o existan fundadas sospechas de fraude por parte de CCEP IBERIA o en el caso de que un tercero, participante o no de la Promoción, denunciara irregularidades en relación con la participación del interesado, CCEP IBERIA podrá analizar la situación y podrá suspender temporalmente la participación del interesado.

No obstante, si una vez estudiados los hechos denunciados o conocidos por CCEP IBERIA no se acredita el fraude por parte del participante denunciado o la vulneración de las presentes bases podrá reactivarse su participación en la presente promoción.

Asimismo, si para el estudio de los hechos acontecidos fuera necesario CCEP IBERIA dará traslado y conocimiento a las autoridades públicas competentes.

En todo caso queda expresamente prohibido reportar y/o notificar abusos utilizando identidades de otras personas.

3. RETENCIÓN FISCAL:

A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real Decreto nº 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego; y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.

De conformidad con la normativa mencionada, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.

3.1.- Premios en especie.- Si los Premios de la presente Promoción son en especie pueden estar sujetos a retención (Art. 101 LIRPF y Art. 75 RIRPF) si su valor es superior a 300 euros, en cuyo caso COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. realizará en la Agencia Tributaria el perceptivo ingreso a cuenta del IRPF (Art. 99 LIRPF). A estos efectos, el Valor de Mercado del Premio será igual al valor de adquisición o coste para el pagador (COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.), incrementado en un 20% (Art. 105 del RIRPF).

El Ganador del Premio deberá integrar en su Base Imponible General de la declaración del IRPF del correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del Premio (Valor de Mercado) más el Ingreso a Cuenta que COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. realizó.

3.2.- Premios en metálico.- Si los Premios de la presente Promoción son en metálico, y superan el valor de 300 euros estarán sujetos a retención de su importe (Art.99 del RIRPF).

  • 3.2.1.- Premios Netos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Neto, corresponde al valor obtenido una vez se ha practicado la correspondiente retención por parte de COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L y por lo tanto, ésta es la cantidad a recibir por el Ganador.

    El Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido (importe antes de retención), es decir la cantidad recibida más la retención realizada.
  • 3.2.2.- Premios Brutos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Bruto, se realizará la pertinente retención sobre esa cuantía y, por lo tanto, el Ganador recibirá la cantidad que figura en las presentes Bases Legales menos la retención correspondiente.

    El Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido, es decir, el importe que figura como Premio Bruto.

3.3. Carta de Aceptación de Premios.- Siempre que el valor del Premio sea superior a los 300 Euros, será necesario que el Ganador firme una Carta de Aceptación que CCEP IBERIA le hará llegar.

La Carta de Aceptación deberá ser cumplimentada en todos sus extremos por el Ganador, adjuntando copia de su D.N.I y remitida por parte del Ganador, salvo que las presentes Bases especifiquen otro plazo o dirección, en el plazo de 7 días naturales desde su recepción a la dirección que le sea indicada por CCEP IBERIA.

Se considera por CCEP IBERIA como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA):

  • a)la devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación NO firmada por el Ganador o no adjuntando fotocopia de su D.N.I. Aquellos ganadores que no presenten las cartas y/o documentación, se entenderán que renuncian al Premio.
  • b)la devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación sin inclusión de la aceptación del Premio de forma expresa e incondicional por parte de los ganadores, o de sus padre/tutores, en su caso. NO SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.
  • c)La no recepción de la Carta de Aceptación dentro del plazo previsto.

4. MODIFICACIONES Y/O ANEXOS: COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.

Se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presente Bases en relación con su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del periodo de vigencia de la Promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.

5. EXCLUSIONES:

Quedan expresamente excluidos de la participación en esta Promoción todos los empleados de COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L

6. DERECHO DE ELIMINACIÓN PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS: COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.

Se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción.

7. ENTREGA DE PREMIOS:

Los premios a los ganadores son nominativos y serán entregados exclusivamente dentro del territorio español.

8. IDENTIFICACIÓN:

La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales (D.N.I., pasaporte u otro documento oficial de identificación).

9. PRUEBAS DE COMPRA:

En caso de que para participar en la presente Promoción sea necesario conservar la prueba de compra (etiquetas, anillas, tapones, chapas, films, prueba de compra con Pin-Code, etc.…) de un Producto Promocional por parte de los participantes:

  • 9.1.- Éstos deben guardar la prueba de compra durante todo el periodo de vigencia de la Promoción y 1 mes posterior y conservarla a disposición de COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. por si ésta las solicitara para la correcta gestión de entrega de Premios.
  • 9.2.- En caso de que el Participante tuviera que enviar dicha/s prueba/s de compra por correo postal, COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. no se hace responsable del extravío de la/s misma/s y no se admitirá como medio de prueba el justificante de envío que facilita dicho servicio.
  • 9.3.- En caso de que las pruebas de compra presentadas/recibidas resultarán falsas, ilegibles, manipuladas, fotocopiadas, etc., serán consideradas nulas y por lo tanto no se tendrán en cuenta como participación.
  • 9.4.- En ningún caso, se devolverán a los participantes las pruebas de compra que COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. hubiera recibido.

10. PARTICIPACIÓN MEDIANTE CUPONES:

En caso de que para participar en la Promoción los participantes deban rellenar un Cupón o Papeleta con sus datos personales u otro tipo de datos, serán nulos todos los Cupones o papeletas ilegibles, con datos equivocados o no correctamente cumplimentados. En dichos casos, estas participaciones serán consideradas no válidas, se perderá la condición de Ganador y, en su caso, se sustituirán por los reserva/s.

11. TARJETAS RASCA Y GANA:

En caso de que la presente Promoción requiera la utilización de Tarjetas Rasca y Gana, COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. garantiza que las Tarjetas Rasca y Gana estarán mezcladas aleatoriamente, así como su seguridad e inviolabilidad técnica, de tal modo que no se puede conocer de antemano las que están premiados.

No se admitirán Tarjetas Rasca y Gana rotas, enmendadas o fotocopiadas.

Queda prohibida la venta de las Tarjetas Rasca y Gana promocionales.

12. PREMIOS.-

  • 12.1.- En caso de que de forma previa a la finalización del periodo de vigencia de la Promoción, por cualquier razón ajena a COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L., no quedasen unidades disponibles de los regalos promocionales establecidos y previstos en las presentes Bases, COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. se reserva el derecho y la opción de sustituirlos por otros, de igual o superior coste.
  • 12.2.- Los premios no son canjeables en metálico, ni por cualquier otro premio.
  • 12.3.- COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. no se responsabiliza del uso que del regalo promocional realice el Ganador, pero queda prohibida la comercialización y/o venta de los regalos promocionales.
  • 12.4.- El/los premio(s) son intransferibles, por lo que si el/los premiado(s) no pudiese(n) o quisiese(n) aceptar el/los premio(s), o renunciase(n) al/los mismo(s), COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. procedería a designar ganador al correspondiente reserva. En el caso de que los reservas a su vez no aceptasen o renunciasen al/los premio(s), éstos se declararán desierto(s).
  • 12.5.- El propósito de esta Promoción es que los premios se distribuyan entre la mayor cantidad posible de consumidores de los productos objeto de la misma. Así, en el caso de que durante el(los) sorteo(s) y/o momentos ganadores en cuestión, resultará repetidamente Ganador el mismo participante, COCA COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. se reserva el derecho de adjudicarle únicamente una unidad, otorgando el/los premio/s en cuestión a los Ganadores en reserva.

13. ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES:

La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases.